JURIDICAL REMEDIO LEGAL

ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA LEGAL
jueves, 23 de julio de 2015
LICENCIA LABORAL PARA PADRES CUYOS HIJOS ESTÁN ENFERMOS
En materia laboral ésta clase de normas jurídico- sociales (aplicables a la Administración Pública, extendible a la Privada y con mayor razón a los trabajadores inmersos en la Ley General del Trabajo en Bolivia), benefician en éste caso; al padre, madre, tutor o responsable (trabajadores), para gozar de licencia de uno a tres días con goce de haberes, para la atención de los hijos menores de 12 años, para su atención personal en caso de accidentes o enfermedad grave (intervención quirúrgica o no). El requisito es presentar el Certificado Médico correspondiente de la internación o del estado de salud del menor. (Decreto Supremo N°1455).
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